Obligación empresarial de información sobre el uso de algoritmos en el ámbito laboral

 

Recientemente se ha presentado la Guía práctica y una herramienta sobre la obligación empresarial de información sobre el uso de algoritmos en el ámbito laboral elaborada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Si bien trata de un derecho introducido a través del Real Decreto-ley 9/2021 comúnmente conocido como la “ley rider”, los comités de empresa estaban teniendo problemas a la hora de aplicarlo, ahora esta guía viene a facilitar la transparencia de los algoritmos laborales.

La utilización de algoritmos es cada vez más habitual en el ámbito empresarial para tomar decisiones de forma automatizada, lo que puede poner en riesgo los derechos fundamentales de las personas trabajadoras.

 

Pero para empezar, ¿qué es un algoritmo?

Se entiende como algoritmos laborales a un conjunto de fórmulas matemáticas que ayudan a establecer predicciones en el ámbito de trabajo con base en datos objetivos.

 

¿Para qué se usan estos algoritmos en el ámbito laboral?

Hoy en día son ya numerosas las empresas que se apoyan en sistemas de inteligencia artificial y programas algorítmicos. Entre sus usos, decidir cuestiones tan comunes como la contratación de personal, la asignación de tareas, la distribución de tiempos y lugares de trabajo, la evaluación y promoción profesional o la verificación de la consecución de objetivos para, por ejemplo, el devengo de un bonus.

En estos avances la Administración no se queda atrás, de hecho, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social está perfilando el algoritmo Max para combatir tanto el exceso de horas extras como las horas extra realizadas y no remuneradas.

 

Si utilizo de estos algoritmos en mi empresa en relación con la prestación laboral, ¿qué obligaciones asumo?

Cualquier algoritmo empleado en el ámbito laboral para la toma de decisiones automatizada, incluyendo la elaboración de perfiles, está sujeto a la obligación empresarial de información.

La nueva herramienta se compone de un cuestionario que pretende concretar y sistematizar las obligaciones empresariales de información sobre los algoritmos que afectan a los trabajadores, permitiéndoles conocer las características y detalles técnicos más relevantes de estos.

Entre los datos que los comités de empresa pueden solicitar está la información sobre qué sistemas de inteligencia artificial empleados por la compañía pueden influir en los trabajadores o los evalúan, cómo se han implementado y para qué. Este apartado incluye también qué decisiones tomadas por personas están basadas en información suministrada por algoritmos, qué tipo de tecnología emplean o qué empresa los ha diseñado, en caso de que se hayan comprado a terceros.

Las respuestas de las empresas deberán incluir información significativa, clara y simple sobre la lógica y funcionamiento del algoritmo, incluyendo las variables y parámetros utilizados.

 

¿Puedo negarme a facilitar dicha información?

Esta información puede ser considerada como secreto empresarial, por lo que este derecho se debe ajustar a la normativa vigente de secreto profesional, así como de propiedad intelectual e industrial, que no ha sido modificada.

Si te interesa saber como dar cumplimiento a estas obligaciones protegiendo a tu compañía, puede contactar con nuestro equipo de abogados especializados a través del siguiente formulario.

 

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