En este lapso de tiempo entre la celebración de las elecciones generales y las elecciones autonómicas y municipales de 2019, es interesante realizar un balance de los pros y contras del voto por correo, así como de las alternativas posibles para optimizar el mismo.

El voto por correo está garantizado en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (en adelante, “LOREG”) en sus arts. 72 y siguientes.

En España, según datos provisionales del Instituto Nacional de Estadística (en adelante, “INE”), aproximadamente 1.342.725 de residentes en España solicitaron el voto por correo en las elecciones generales de 2019.

Este dato se traduce en oficinas de Correos colapsadas y, en algunas ocasiones, votantes sin papeletas.

El proceso se realiza mediante la recogida por parte de los votantes, en las oficinas postales de España, de los impresos de solicitud de voto por correo. Una vez rellenado el modelo oficial de solicitud de voto por correo, el elector lo entregará personalmente, con carácter gratuito, en cualquier oficina de Correos. Se deberá exhibir el D.N.I. o el carné de conducir con fotografía, pasaporte con fotografía, entre otros. La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, remitirá al elector por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto. La entrega de esta documentación se realizará siempre personalmente al interesado y en el domicilio señalado en la solicitud (después de dos intentos fallidos de entrega en el domicilio, se dejará aviso de llegada para su recogida en la oficina postal correspondiente). Recibida la documentación, el elector presentará el sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, conteniendo el certificado de inscripción en el censo electoral y el de votación en el que se incluirá la papeleta, en cualquier oficina postal de España. El envío será cursado como correo certificado y urgente, con carácter gratuito, antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones.

Para muchos este proceso se caracteriza por su lentitud, por la falta de facilidades o la poca transparencia.

¿Puede ser Blockchain la solución a estos problemas del voto por correo?

Se puede afirmar que si la tecnología Blockchain interviniese o automatizase el proceso electoral se conseguiría que éste fuese más rápido, más transparente y más justo, consiguiendo una mayor seguridad en el cómputo de los votos al eliminar el uso de las papeletas. Blockchain puede garantizar la inmutabilidad del voto, ya que cualquier modificación dejaría rastro. También, ayudaría a disminuir la desconfianza manifiesta de los ciudadanos una vez emitido el voto por correspondencia, debido a que se permitiría establecer la trazabilidad del mismo. De hecho, algunos países, como Sierra Leona, han comenzado a utilizar, a modo de prueba, esta tecnología.

El proceso electoral mediante la tecnología Blockchain podría desarrollarse de la siguiente forma:

  1. El ciudadano podría solicitar el voto por correo de forma tradicional o incluso de forma telemática, disminuyendo así los tiempos dedicados a las largas colas en las oficinas de Correos;
  2. Una vez aprobada su solicitud por el órgano correspondiente, se generaría una entrada que se registraría en Blockchain representando esa solicitud concreta;
  3. Ese registro tiene asociado un identificador en forma de hash que permite obtener la dirección origen y que puede obtener la información almacenada;
  4. Posteriormente, el votante recibe en su domicilio la documentación requerida para la emisión del voto. Recibiendo también el hash para poder consultar en Blockchain su voto;
  5. Finalmente, una vez emitido el voto, el ciudadano puede, en cualquier momento, consultar el estado de su voto, así como cualquier modificación o incidencia que afectase al mismo, por ejemplo, la nulidad del voto y su causa.