El pasado 17 de marzo se publicó la nueva Ley del Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión (LMVSI), que entró en vigor casi en su totalidad el pasado 7 de abril y que deroga el Real Decreto Legislativo 4/2015, que aprobó la LVM sobre la que descansaba, hasta ahora, la arquitectura del mercado de valores español.

La LMVSI responde a un modelo de ley marco, que establece los principios y bases de los mercados de valores pero que fía al desarrollo reglamentario numerosos aspectos para dar agilidad a las posibles adaptaciones del ordenamiento jurídico, sin necesidad de llevar a cabo reiteradas modificaciones legislativas minimizándolas.

Algunas de las nuevas disposiciones de la LVMSI que requieren de desarrollo reglamentario son, precisamente, las que, por su novedad, más necesitan de éste, al no existir regulaciones pre-existentes en que apoyar la interpretación (como sí ocurre en otras áreas) y, fundamentalmente, las ligadas a los criptoactivos.

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Un artículo de Celia Udías, asociada de ALEDRA Legal.

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