Hace un mes, la noticia de la sanción definitiva a Mo Katir por tres ausencias en controles antidopaje supuso un terremoto en el atletismo y el deporte español. Poco después, un comunicado del propio atleta confirmaba que había acatado la sanción y que renunciaba a ir hasta el final en su defensa, queriendo que los dos años fuera de las pistas pasaran lo antes posible.
Un buen número de comentarios tras conocer la noticia fue que el atleta aceptada la sanción porque “le habían pillado” o incluso, algunos afirmaron que reconocía que se estaba dopando durante ese tiempo. Lo cierto es que la defensa de Katir señaló, en todo momento, que el acatar venía para que el tiempo de sanción pasara “lo antes posible”. Pero, ¿fue una decisión acertada? ¿pudo defenderse y salir indemne como ocurrió en el caso Mechaal en 2018? Lo analizamos con uno de los abogados españoles con mayor trayectoria en este tipo de casos, el letrado Manuel Martín, quien consiguió la absolución del nadador Rafa Muñoz en 2010.
“Lo primero que hay que dejar claro es que Katir no ha sido sancionado por un positivo por utilizar sustancias o métodos prohibidos“, subraya en el inicio de su exposición a Relevo. La decisión de aceptar la sanción llamó la atención, ya que no es nada habitual en estos casos y muchos han terminado exitosos por ir hasta el final.
“Hay que buscar dónde podría haber elementos que justificaran que el atleta no tiene culpa” , Manuel MartínAbogado especialista en casos de dopaje.
En primer lugar, pongámonos en contexto: ¿Qué se suele hacer en estos casos? “Recibido el encargo, te sientas con todo su entorno que pudiera tener conocimiento de la situación en la que estaba y con el propio deportista para intentar sacar conclusiones: de su estado psicológico, del sistema que utiliza para dar su localización, relaciones personales en las fechas [de los controles]… es decir, intentas ir buscando dónde podría haber elementos que justificaran de alguna forma que él no tiene culpa o una negligencia grave en la infracción”. ¿Y qué se busca? “Los elementos que puedan provocar una duda razonable en el juzgador de que el deportista no es absolutamente responsable de esto, porque generar una duda razonable en el juzgador es suficiente para reducir o para incluso anular la sanción“.
Esto es, el camino a seguir por parte de los abogados y que detalla Martín señala la posibilidad de encontrar un punto débil en la acusación porque “el principio que rige en materia de dopaje, la culpa o la negligencia del deportista tiene que ser lo suficiente grave como para considerar su culpabilidad“. “¿Cuáles pueden ser esos elementos en un caso como el de Katir? Un fallo en el sistema informático, el hecho de que el deportista esté atravesando un momento psicológico de depresión, ofuscación o negación de su capacidad que le impide al 100% atento a todo lo que te exige la identificación de los momentos a los que te puedes someter a un control fuera de competición, etc”.
Los plazos y el TAS
Uno de los argumentos que señaló la defensa de Katir para renunciar a su defensa fue prorrogar los plazos, que frenaría el transcurso de la sanción hasta una resolución definitiva y, según sus apuntes, todo para no llegar a los Juegos Olímpicos de París de ninguna de las maneras por los plazos.
Algo que Manuel Martín no ve tan claro. “Él podía haber ido directamente al TAS [Tribunal de Arbitraje Deportivo internacional], si lo aceptan la federación internacional y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). Necesitas el consentimiento de los dos”, cuenta, mientras que desvela cuál hubiera sido sus movimientos: “Si empezamos a actuar en este procedimiento, con las muchas o pocas pruebas que tuviéramos, lo primero que haces es irte a hablar con la federación internacional y con la AMA para pedirles que no alarguen el tiempo y que nos permitan ir al TAS, allí lo debatimos. Porque los Juegos Olímpicos están ahí y sí, es una infracción pero no es un positivo. Entonces ‘vamos a ser un poco colegas, no‘, que es un tío que se ha colgado dos medallas mundiales”.
“Eso lo negocias y lo vas preparando”, continúa. “En mi opinión, si consigues ir al TAS, tiempo había. Porque lo siguiente es justificarle al TAS que abra un procedimiento urgente porque se le puede provocar un daño irreparable al deportista: no participar en los Juegos“.
El ‘secreto’ suizo y el presupuesto
Una lucha de este tipo contra las grandes estructuras es, evidentemente, costosa. Sobre todo, si se quiere ir con opciones de terminar ganando. En estos casos, Martín señala que “al deportista le hubiera sugerido un equipo de abogados hispano-suizo“. ¿Por qué? “En Lausanne, tienes despachos especializados en materia deportiva que, o bien sus socios han sido gerentes del TAS o bien están acostumbrados a estar todos los días en contactos con el TAS, la Agencia Mundial Antidopaje… por lo tanto, se conocen muchos entresijos y recovecos que a lo mejor desde España nos falla“. Es aquí donde se marcan las diferencias en las defensas y donde surgen vías de fuga que se escapan al ojo del humano llano.
Evidentemente, este despliegue tiene un coste prominente. “Un cálculo de lo que hubiera sido mi propuesta y conociendo al despacho con el que siempre he trabajado en Suiza sería de en torno a los 100.000 euros. Luego, si hay que hacer viajes y llevar testigos porque no te admiten la declaración a distancia, podría irse la inversión a los 150.000 euros“. En esa bolsa monetaria, cada caso tiene sus cuestiones específicas que puede elevar el precio: “Un perito informático que me va a dar la prueba de que falló el sistema por causa ajena al deportista hay que pagarlo, un psicólogo si estamos en un tema psicológico…”.
Rendirse solo si no hay ninguna opción
Lo detallado del informe hecho público por parte de la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU) parecía dejar a Katir en un lugar de desventaja para poder librarse de la sanción de dos años por sus tres faltas, pero el letrado consultado por Relevo siempre cree que, rodeado de un equipo especializado, no desistiría a priori: “Aunque el informe sea exhaustivo, si un especialista se dedica a investigar el tema puede descubrir una laguna“.
Por ello, Martín quedó extrañado tras conocer lo rápido de la resolución del caso de Mo Katir: “Me llamó la atención lo prematuro de la decisión. Lo normal es que no haya conexión con medios de comunicación, que te aísles y trabajes el tema. Hubo poco tiempo entre la suspensión provisional y la definitiva. Hay fórmulas para solicitar que te den un poco más de plazo, que esto lo estamos estudiando… Me pareció algo precipitada“.
Quizás, era complicado que Katir hubiera salido absuelto, pero no todo es blanco o negro y Martín hubiera buscado los grises del sistema: “La propia norma de la federación internacional que es reflejo del Código Mundial Antidopaje te da una posibilidad de que esos dos años se queden reducidos a uno… Sinceramente y sin conocer más detalles del caso, lo hubiera intentado“.
Finalmente, la defensa del atleta de Mula decidió desistir y, en un plazo de menos de dos semanas, acató la sanción. ¿Por qué pudo ocurrir esto? El abogado especialista señala que él y su equipo solo recomiendan esto cuando no hay vía alguna de defensa: “Cuando llegamos a la conclusión de que no existe ningún elemento de los que comentaba antes o no son dan en un peso lo suficientemente contundente, es cuando ya recomendamos que admitan y que empiece a pasar lo antes posible el plazo para que te la quites cuanto antes mejor”.
Publicado en Relevo