La Federación Vasca de Pelota quiere que su selección autonómica participe en competiciones internacionales en igualdad de condiciones que las selecciones nacionales de otros países y, por ende, de la selección española de esta modalidad deportiva.
No es la primera vez que el Gobierno de Euskadi emprende este camino. Reciente es el intento de que la Federación Vasca de Fútbol fuera reconocida por FIFA y UEFA para competir como país en las competiciones organizadas por estas instituciones. El intento no alcanzó su objetivo por la oposición planteada por la Real Federación Española de Fútbol.
Sin embargo, sí es la primera que una norma ampara estas aspiraciones. En efecto, la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte -la “nueva ley del deporte”- allana, sin lugar a dudas, el camino de las selecciones deportivas autonómicas hacia su participación en competiciones internacionales de la modalidad deportiva correspondiente.
Llama la atención el hecho de que la exposición de motivos de la nueva ley del deporte aborde las relaciones entre las federaciones deportivas españolas y las autonómicas como un conflicto: “Otro de los asuntos que más preocupación genera actualmente es la relación entre las federaciones deportivas españolas y las autonómicas. Es esencial que dicha relación no dificulte la gestión de la modalidad deportiva, porque la aparición de conflictos constantes únicamente perjudica al desarrollo de su deporte a todos los niveles…”, se puede leer.
Ante una situación de conflicto, la ley propone una solución que, al menos en apariencia, no es tal, ya que, como añade la exposición de motivos, se limita a garantizar “la integración de las federaciones autonómicas en las estatales” -si bien solamente “cuando así lo estimen oportuno”-; y a promover “convenios de integración que, en todo caso, no supongan instrumentos de negociación que pongan en desventaja a una de las partes”. En resumidas cuentas: libertad absoluta de integración y, en caso de optar por ella, suscripción de convenio cuyo clausulado represente un rotal equilibrio entre las partes.
Cuando la nueva ley del deporte hace referencia a conflictos entre federaciones españolas y autonómicas, sin duda tiene en mente el de las selecciones deportivas autonómicas y su ya clásica aspiración a participar en igualdad de condiciones con las nacionales en campeonatos internacionales.
El artículo 48 de la nueva ley del deporte, que lleva por título “Integración de las federaciones deportivas autonómicas en la federación deportiva española correspondiente”, exige como requisito previo para la participación de las federaciones deportivas autonómicas -y, por tanto, de las selecciones de este ámbito territorial en competiciones internacionales- la necesaria integración de aquellas en la federación española correspondiente. Ello implica, como añade la norma, “la aceptación de la normativa interna de las federaciones deportivas españolas”.
Hasta aquí, sin cambios con respecto a la normativa anterior. Sin embargo, es el número 2 de este mismo artículo 48 el que representa la ruptura del principio de integración y sumisión a las normas emanadas de las federaciones españolas mediante la introducción de una excepción que permitiría la participación internacional de las federaciones autonómicas si la federación internacional correspondiente contempla su participación; y se trata de modalidades o especialidades deportivas con arraigo histórico y social en su respectiva Comunidad Autónoma, o, alternativamente, si la federación autonómica hubiera formado parte de la federación internacional antes de la constitución de la federación española correspondiente.
La Federación Vasca de Pelota reúne el requisito de estar integrada en la federación española y no parece cuestionable que la pelota vasca sea una modalidad deportiva con arraigo en este territorio.
No obstante, aun cumpliéndose estos requisitos, es el Consejo Superior de Deportes quien tiene la última palabra, por cuanto el precepto referido dispone que la participación en la competición internacional requerirá el previo acuerdo con este organismo.
Por todo lo anterior, parece que el partido está jugado desde hace tiempo en campo federativo autonómico y español, y que la pelota se encuentra en campo de la Federación Internacional de Pelota -que en breve tendrá que decidir sobre la admisión de la Federación Vasca de Pelota- y del propio Consejo Superior de Deportes, que hasta el momento ha adoptado una postura pasiva.
Un artículo de Manuel J. Martín Domínguez, socio de ALEDRA Legal