Fue una «intervención humana» la que provocó «la entrada de agua en un conducto de gas» que luego ocasionó una «filtración en la red general» con la consecuente suspensión del suministro de este combustible tanto a particulares como a negocios hoteleros y restaurantes de Málaga, medida que por protocolo fue adoptada por Naturgy, la compañía distribuidora. En declaraciones a este periódico, fuentes del hotel Larios afirmaron que sus clientes se encontraron sin agua el domingo por la mañana, mientras que el restaurante D’Platos tuvo que tirar de su oferta fría para servir a sus comensales. Eso, el fin de semana. Pero los cortes continuaban todavía ayer en Málaga y pueden prolongarse. A la vista del perjuicio para desarrollar la vida diaria y para la actividad económica de la hostelería que ello implica, ¿pueden reclamar los clientes domésticos por no haber tenido gas durante varios días y las empresas por el posible negocio perdido en las últimas jornadas por este corte energético?

Según las indagaciones de este periódico, esta «intervención humana» que ha ocasionado la suspensión del servicio en los últimos días ha podido ser el cambio de un calentador en un domicilio particular está situado en las cercanías del mercado de La Merced. En la realización de esa tarea, se habrían conectado erróneamente las tomas de agua y de gas, ocasionando la filtración del líquido en el conducto del combustible.

¿Podría sufrir consecuencias legales ese vecino de Málaga cuya reforma ha ocasionado la avería? De acuerdo con Juan Ignacio Peinado, catedrático de Derecho de la Universidad de Málaga, como los clientes con quien tienen contratada la energía es con Naturgy, es a esta empresa a la que habrían de reclamar, puesto que en la práctica se ha incumplido su obligación de prestar el servicio, es decir, la recepción del combustible. A ello se une, además, la certeza de que se trata de una empresa solvente, lo que hace más fácil conseguir una compensación, en caso de que se determinara el derecho a percibirla. Lo más sencillo siempre, alega Peinado, es apelar a la compañía con la que se tiene la relación contractual, es decir, a quien se paga a cambio de recibir bienes y servicios. Para los clientes particulares y los negocios, además, es más operativo demostrar que no han contado con el gas contratado que indagar en el error en que ha incurrido el posible causante de la avería, porque además no tendrían los medios para localizarlo que sí tiene la compañía.

Acción de repetición

Otra cosa es que, según añade este abogado, después Naturgy pueda adoptar medidas contra el domicilio particular que ha ocasionado el problema con su reforma -porque, como dice Jesús Romero, de Talento Abogados, habría sido el causante de que no pueda distribuir el gas-.

lisa Ojeda, de Aledra Legal, coincide en que la demanda habría que plantearla contra la empresa distribuidora de gas, aunque esta pueda a su vez realizar una acción de repetición sobre el verdadero causante de la avería. Para Jesús Romero, entonces, habría que poner la lupa sobre dos seguros: en primer lugar, el del propietario del piso -que podría alegar que solo es responsable del interior de la vivienda asegurada no de lo que haya sucedido de puertas para afuera- y, en segundo, en el de la empresa que ha realizado el cambio del calentador que, dice Romero, «tiene menos escapatoria» a la hora de realizar las compensaciones.

Ojeda señala que la historia puede complicarse, sobre todo en el caso de que quien haya incurrido en el fallo haya sido un instalador de calderas no autorizado, porque el del gas es un segmento muy delicado y, por tanto, regulado y vigilado.

Lucro cesante y daño reputacional

«Todo se puede reclamar», dice Jesús Romero. Aunque añade: «El problema es la cuantificación». Porque los negocios de hostelería, por ejemplo, pueden alegar que han facturado menos que un fin de semana normal porque no han podido usar la cocina. Pero también pueden argumentar que el corte de gas les ha generado daños reputacionales -un hotel de cuatro o cinco estrellas donde los clientes no han podido ducharse o un restaurante de renombre que no ha podido servir sus manjares más famosos-.

A juicio de Elisa Ojeda, si bien puede ser más difícil de probar en un eventual litigio este perjuicio sobre la fama de los establecimientos que seguramente restaurantes y hoteles habrán gestionado directamente con sus clientes afectados con algún descuento, sí podrían fácilmente reclamar que la avería ha podido causar daños en sus equipos, como a veces sucede cuando hay picos de tensión eléctrica y hay aparatos que resultan dañados.

Declaraciones de Elisa Ojeda, asociada en ALEDRA Legal

Publicado en Diario Sur