Las medidas de restricción horaria y de cierre obligado impuestas a los comercios y locales de hostelería por las distintas administraciones están causando grandes daños económicos. Muchos pequeños empresarios se preguntan si tienen alguna posibilidad de recuperar parte de estas pérdidas. ¿La tienen?
¿Pueden los comercios y locales de hostelería reclamar una indemnización a las administraciones por estas pérdidas?
Sin duda. Es posible ya que así lo disponen varias leyes, como la Constitución Española, la Ley Orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio, etcétera. Pero también porque:
- Estamos ante un daño efectivo individualizado y evaluable económicamente, como consecuencia del cierre obligado de los negocios y de las restricciones horarias impuestas.
- Los empresarios y comerciantes no están obligados a soportar en soledad y sin compensación los daños derivados de las medidas adoptadas, mientras que otras actividades no han sufrido restricciones.
- No estamos ante una causa de fuerza mayor. Los daños no son consecuencia de la pandemia, sino de las medidas adoptadas por las administraciones públicas para hacerla frente. Al respecto, podría argumentarse que éstas son desproporcionadas y carentes de sustento científico, como muestran los numerosos cambios de criterio de la administración central y de las autonómicas desde marzo.
- Existe una relación de causalidad, directa e inmediata, entre las medidas de suspensión o limitación de actividad y el daño causado.
¿Puedo reclamar si me he beneficiado de alguna de las ayudas que el gobierno o las CC.AA. han concedido a los afectados?
Sí. El importe de estás ayudas no es un obstáculo para que puedas presentar la reclamación. Si se hubiera recibido algún tipo de compensación se tendrá en cuenta, descontándola si fuera el caso, del importe a reclamar.
¿Qué daños puedo reclamar?¿Qué necesito para hacerlo?
En primer lugar, es imprescindible contar con un informe pericial que cuantifique y pruebe ante un juez los daños económicos sufridos.
Dentro de ellos entrarían tus pérdidas por el arrendamiento del local, las cuotas fijas de suministros eléctricos, o aquellas mercancías dañadas o que no se han podido conservar con motivo de las medidas impuestas.
El perito también determinará el lucro cesante, es decir, los ingresos que has dejado de obtener como consecuencia del cierre o de las restricciones. Su cálculo se obtendrá tomando como base tu facturación en los meses anteriores a las medidas o de los mismos meses de años anteriores.
¿Qué plazo y procedimiento debo seguir para solicitar una indemnización?
El primer paso es presentar una reclamación administrativa ante la propia Administración en el plazo de 1 año desde que se generó el daño. Por eso, desde Aledra Legal te recomendamos iniciar ésta antes del 21 de junio de 2021, momento en el que finalizó el primer estado de alarma. La resolución de la misma se dictará en un plazo de 6 meses.
En Aledra Legal te acompañamos en la defensa de tu negocio
Nosotros también consideramos que existen motivos para realizar esa reclamación. Por ello, hemos preparado una estrategia legal que incluye todo lo necesario para efectuar tu reclamación.
- Presentaremos tu reclamación junto al informe pericial imprescindible para defender y cuantificar los daños originados en tu negocio. En este proceso contamos con la experiencia de martinsdelima, una firma especializada en la elaboración de informes periciales para su uso en los tribunales.
- Te informaremos en todo momento sobre el estado de tu reclamación y te acompañaremos durante todo el proceso; que puede ser superior a los dos años si es necesario ir al juzgado.
- Te ofrecemos un presupuesto cerrado, sin sorpresas. Somos honestos y transparentes. Para reclamaciones de daños de hasta 50.000€ ofrecemos un coste fijo por reclamante de 850€ + IVA, que cubre los costes de perito y procurador. A él sumaríamos un 10% de la cantidad obtenida en la reclamación, sólo si ésta prospera.
**Para cantidades superiores a 50.000€, el coste fijo se establece de mutuo acuerdo y se mantiene el variable del 10%.
En la siguiente infografía te resumimos toda la información necesaria para reclamar a la administración las pérdidas sufridas por tu negocio.
Si tu negocio ha sufrido pérdidas con motivo de las restricciones horarias y cierres obligados queremos ayudarte a reclamar lo que es tuyo. ¡Contáctanos!
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