Los que no formamos parte de la organización de La Vuelta 2025 o no asistimos como público a las etapas de la gran competición española de ciclismo en ruta, estamos presenciando, perplejos, cómo se ha convertido en habitual que cada día, en cada una de esas etapas, se produzcan incidentes provocados por agitadores que buscan el eco que a sus reivindicaciones ofrecen la multitud de medios de difusión que cubren a diario el evento.
El elemento diferenciador entre el ciclismo en ruta y la inmensa mayoría de las competiciones deportivas es el lugar donde aquél y éstas se celebran. Así, mientras que las segundas se llevan a cabo en recintos más o menos cerrados, con controles de acceso para el público asistente -que previamente ha adquirido una entrada-, en el caso del ciclismo en ruta, el escenario deportivo lo constituyen las carreteras, sin posibilidad de acotarlas a lo largo de los doscientos kilómetros de longitud que tiene cada una de las etapas que, durante tres semanas, conforman la competición.
En efecto, el público accede gratuita y libremente -salvo en el trayecto previo a la llegada- hasta la misma cuneta de la carretera por la que circulan los ciclistas, por lo general jaleándolos, animándolos, por compartir con ellos la afición a este duro deporte.
Pero en algunas ocasiones -por suerte, las menos- esa facilidad para llegar hasta los competidores y, por lo tanto, hasta los medios de difusión que los acompañan, es utilizada por personas completamente ajenas al deporte, que pretenden conseguir relevancia para una reivindicación que, de otro modo, pasaría desapercibida.
Hasta aquí, poco que objetar. En multitud de ocasiones hemos sido testigos de reivindicaciones o protestas que se realizan de manera pacífica y ordenada, sin traspasar los límites exteriores de las calzadas, con respeto a los deportistas y a quienes forman parte de la organización de la competición.
LO QUE NO SE PUEDE CONSENTIR
Pero lo que no se puede consentir, no se puede normalizar es la invasión del trazado de la etapa y, menos aún, la agresión directa a los ciclistas. Lo más seguro es que, con los actuales sistemas de control de accesos a estadios y polideportivos, estas personas jamás habrían conseguido acceder a estas instalaciones, quedando abocadas sus manifestaciones a practicarse en el exterior de estos recintos.
Entonces ¿si el deporte no se practica en recinto cerrado no hay una norma que imponga o prohíba determinados comportamientos? Lo cierto es que sí. Existe una norma estatal que aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto y prácticamente tantas normas autonómicas sobre la materia como comunidades autónomas hay en España, lo que hace que, en el caso de la Vuelta, la complejidad sea mayor por cuanto los territorios que atraviesa corresponden a distintas comunidades autónomas.
Atendiendo a las disposiciones del referido Real Decreto 2816/1982, éste resulta de aplicación, según su artículo 1 “a los espectáculos, deportes, juegos, recreos y establecimientos destinados al público, enumerados en el Anexo y a las demás actividades de análogas características, con independencia de que sean de titularidad pública o privada y de que se propongan o no finalidades lucrativas”.
Añade, además, en su artículo 4, que “los requisitos establecidos en el presente Reglamento, para los lugares, recintos e instalaciones destinados a espectáculos y recreos públicos, serán exigidos sin perjuicio de los que puedan establecer en el ejercicio de sus competencias, los distintos Departamentos ministeriales, las Comunidades autónomas y las Corporaciones locales”.
De una primera lectura de estos preceptos podría concluirse que La Vuelta queda fuera del ámbito de aplicación del Reglamento por no celebrarse en establecimientos, recintos o instalaciones.
Sin embargo, el referido Anexo incluye en su apartado II (Otros espectáculos y actividades), los espectáculos y actividades deportivas que se celebren en espacios abiertos y, especialmente y entre otros, “carreras ciclistas, motocicletas y automovilistas en las vías públicas”.
Desde ese momento, el público asistente a La Vuelta adquiere los derechos y asume las obligaciones que establece la citada norma; entre estas últimas, el artículo 59 dispone que “el público no podrá: […] f) Acceder a los escenarios, campos o lugares de actuación de ejecutantes, artistas o deportistas, mientras dure dicha actuación, salvo que esté expresamente previsto o venga exigido por la naturaleza de la actividad”.
Añade el número 2 del mencionado artículo 59 que “en general, el público habrá de mantener la debida compostura y evitar en todo momento cualquier acción que pueda producir peligro, malestar, dificultar el desarrollo del espectáculo o actividad o deteriorar las instalaciones del local, así como guardar el buen orden y disciplina, de acuerdo con las prescripciones establecidas en el presente Reglamento y las órdenes o indicaciones que a tal fin reciba de la Autoridad o de la Empresa”.
La propia norma reglamentaria tipifica como infracciones, entre las conductas de público o espectadores, conductas entre las que podrían incluirse aquellas a las que venimos refiriéndonos; así, la falta de respeto a los deportistas, las alteraciones del orden producidas por espectadores o concurrentes o el acceso de los espectadores a las áreas reservadas a los deportistas.
Recordemos que este Reglamento, de ámbito estatal, se aplicaría subsidiariamente respecto de la norma autonómica aplicable según el territorio de la comunidad autónoma en que se produjeran las invasiones o incluso los actos violentos sobre los deportistas. En este último caso, es decir, cuando, como está ocurriendo, el espectador no se limita a invadir la carretera al paso de los ciclistas, sino que provoca caídas de los ciclistas, tales actos podrían ser constitutivos de un delito o falta, dependiendo de la forma en que fueran ejecutados y el alcance de los desperfectos y lesiones que pudieran producir.
La Vuelta es mucho más que una competición ciclista; es una de las más grandes competiciones ciclistas por etapas. Podríamos decir, incluso, que es patrimonio deportivo y cultural compartido por millones de personas. Si permitimos que la invasión de las carreteras se normalice, hoy será por un motivo y mañana será por cualquier otro, recayendo el riesgo no solo sobre los ciclistas, sino sobre la propia esencia de un deporte que ha hecho de las calles y carreteras su escenario natural. Protegerlo no es censurar la protesta, sino preservar el derecho colectivo a disfrutar del espectáculo sin que la línea roja se convierta en la línea de meta.
Publicado en el ConfiLegal.