El pasado 27 de junio de 2025, se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 2/2025, de 25 de junio, que introduce modificaciones relevantes en los tributos cedidos por el Estado, con especial incidencia en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La norma entró en vigor el 1 de julio.

A continuación, resumimos las principales novedades:

1. Incremento de la bonificación para los parientes del Grupo III

Se amplía la bonificación del impuesto aplicable a los familiares incluidos en el Grupo III, que pasa del 25 % al 50 %. Este grupo incluye:

  • Colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad y afinidad: hermanos, tíos, sobrinos, cuñados, etc.
  • Ascendientes y descendientes por afinidad: suegros, yernos, nueras.

Con esta modificación, se busca acercar el tratamiento fiscal de estos familiares al de los grupos I y II (cónyuges, ascendientes y descendientes por consanguinidad), quienes ya se benefician de una bonificación del 99 %.

2. Medidas de simplificación en donaciones

Se incorporan varias medidas que reducen la carga administrativa y clarifican requisitos:

Bonificación del 100 % para donaciones de importe reducido (≤1.000 €)

  • Aplica a cualquier grado de parentesco.
  • Para determinar el importe, se acumulan las donaciones recibidas de un mismo donante en los tres años anteriores.
  • No será necesario presentar autoliquidación, salvo que el bien donado deba inscribirse en un registro público.

Eliminación del requisito de documento público en donaciones ≤10.000 €

  • No será exigible el otorgamiento en escritura pública salvo que sea necesario para la eficacia del negocio jurídico.
  • Esta medida se limita a efectos fiscales (acceso a bonificaciones).

Elevación a público dentro del plazo voluntario

  • Si una donación se formalizó inicialmente en documento privado, la bonificación no se pierde siempre que se eleve a público dentro del plazo voluntario de autoliquidación.

La nueva normativa implica un avance significativo en la equiparación fiscal entre familiares, al tiempo que reduce los trámites y facilita la regularización voluntaria de determinadas transmisiones gratuitas.

En act legal Spain, nuestro equipo de Derecho Fiscal está a disposición de empresas y particulares para resolver cualquier duda o valorar el impacto de estas novedades en sus estructuras patrimoniales o planes de transmisión.

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