¿Puedo recurrir una multa por saltarme el confinamiento? ¿Hay probabilidades de éxito? La respuesta a ambas preguntas es sí, pero vamos a analizar bien los casos.
En marzo de 2020 nos vimos sorprendidos por una realidad que superaba la ficción por la COVID-19, y prácticamente de un día para otros estábamos encerrados en nuestras casas, teletrabajando los que podían, compartiendo espacio con nuestros familiares y con muy pocas opciones que nos permitieran salir de nuestros domicilios.
Podíamos ir a trabajar con un permiso especial que debíamos llevar en todo momento encima, a cuidar de una persona mayor, al banco, al médico, a comprar productos esenciales, a la farmacia, o sacar a pasear al perro, pero en todas estas ocasiones por el tiempo imprescindible y lo más cercano a nuestro domicilio que fuera posible.
Las dudas se apoderaron de nosotros, pues había falta de información y eran muchas las preguntas que nos planteaban nuestros clientes pero principalmente una preocupación común ¿me pueden multar por circular por la calle? La respuesta era sí.
Nos relataban distintas situaciones surrealistas en las que eran parados por la policía y requeridos para que se identificaran acreditando su lugar de residencia y el motivo que justificara la ausencia de su domicilio, apremiándoles para que volvieran al mismo a la mayor brevedad y poco más.
Sin embargo, unos cuantos meses después y con los plazos para tramitar las denuncias parados hasta el 1 de junio de 2020 esas multas están empezando a llegar, y los importes no son nada desdeñables para las economías familiares que ya de por sí se están viendo muy afectadas.
¿Qué puedo hacer si me ha llegado una multa?
Si estás en esta situación y te ha llegado una multa por “saltarte el confinamiento” no te preocupes, en Aledra Legal estamos para ayudarte.
La primera decisión que deberás tomar es si quieres pagar reduciendo la multa al 50 por ciento de su importe por acogerte a la posibilidad del hacer un pronto pago, lo cual podemos gestionarte sin que te suponga un dolor de cabeza.
Pero si decides seguir adelante y luchar esa multa injusta, tan sólo tendrás que hacernos llegar la notificación que hayas recibido en un plazo inferior a 15 días (sin contar sábados, domingos ni festivos) y nosotros haremos por ti las alegaciones atendiendo a las particularidades de tu caso encargándonos de la vía judicial si se diera el caso de que las mismas no prosperasen.
¿Hay probabilidades de éxito en caso de recurrir?
Sí, dependerá de cada caso concreto pero los recursos que hemos presentado han empezado a ser ganados en un porcentaje superior al 85%. Es importante tener en cuenta que ni el Real Decreto 463/2020, que decretó el estado de alarma ni siquiera la Ley de Seguridad Ciudadana contemplan los casos sujetos a multas durante el confinamiento, tampoco la ley que regula el estado de alarma.
No existe, por tanto, una ley que establece de forma concreta este tipo de situaciones y, por tanto, las multas tienen muy poca o ninguna validez.
Queremos que te sientas protegido por Aledra, ¿empezamos?
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